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¿DISCAPACIDAD, DIVERSIDAD FUNCIONAL O CAPACIDADES DIFERENTES?

La expresión legal y establecida por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es «persona con discapacidad». Por tanto, para referirnos a las personas que tienen algún tipo de discapacidad, los términos correctos serían «persona con discapacidad física» o «persona con discapacidad intelectual», «persona con ceguera» o «persona con discapacidad visual», etc.

 

Existen colectivos y movimientos que utilizan términos como «diversidad funcional», «capacidades diferentes», «otras capacidades», etc., porque los consideran más inclusivos y positivos. Sin embargo, esos términos generan confusión y pueden crear inseguridad jurídica, ya que el término legal es «persona con discapacidad». Otro motivo para utilizar «persona con discapacidad» es que los otros términos pueden incluir a cualquiera, ya que todos somos diversos y diferentes. Esto puede invisibilizar las necesidades y la lucha de las personas con discapacidad.

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Foto por Annie Spratt en Unsplash

Las intenciones respecto al uso de estos términos alternativos son buenas y, en determinados contextos, pueden ser aceptables. Sin embargo, no debemos olvidar cuál es el término oficial y legal. También hay que tener en cuenta que la terminología evoluciona constantemente. Y aunque no haya consenso de términos entre algunos colectivos, todos ellos comparten una misión común: avanzar y mejorar.

Referencias:

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